Foto: Michael Steven Mejía Ospina, experto en Gestión comercial y de negocios de la UNAD, y Defensor de derechos humanos. Columnista invitado cambioin.com
Por: Editor en Jefe - Publicado en mayo 13, 2026
Por Michael Steven Mejía Ospina
Activista, Panelista, Defensor de Derechos Humanos, Miembro de Amnistía Internacional, Abogado Empírico, Estudiante de Ciencias Políticas, Homologando Derecho en la Universidad Americana. Columnista invitado cambioin.com
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Feminicidio y violencia extrema contra mujeres: protección a la dignidad de las víctimas y combatir la cultura de la violencia
La noticia de un feminicidio donde la víctima fue descuartizada por su pareja ha generado conmoción en la sociedad, pero es fundamental abordar este tema con el máximo respeto por la vida y la dignidad de quien perdió la vida, así como por sus familiares y seres queridos. No es posible ni ético difundir imágenes o detalles gráficos de este tipo de hechos, ya que esto revictimiza a los afectados y puede contribuir a normalizar la violencia extrema contra las mujeres.
Marco legal que prohíbe la difusión de contenido gráfico y protege a las víctimas
En Colombia, varias normas legales regulan el tratamiento de casos de violencia contra las mujeres y la protección de la dignidad de las víctimas:
- Ley 1273 de 2009 (Ley Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres): Artículo 45 establece que es prohibido difundir información, imágenes o materiales que revelen la identidad de las víctimas de violencia de género, así como cualquier contenido que vulnere su dignidad o la de sus familias.
- Código Penal Colombiano: Artículo 272 penaliza la divulgación de secretos o información reservada sobre víctimas de delitos, con penas de prisión de 1 a 4 años. Además, el Artículo 348 tipifica como delito la injuria a la memoria de una persona fallecida, con sanciones de hasta 3 años de prisión.
- Sentencia C-563 de 2018 (Corte Constitucional): Establece que la dignidad humana es un derecho fundamental superior, por lo que cualquier acción que vulnere la imagen o el recuerdo de una víctima de violencia es incompatible con el ordenamiento jurídico colombiano.
A nivel internacional:
- Convención de Belém do Pará (1994): Artículo 7 obliga a los Estados a adoptar medidas para prevenir la difusión de contenido que justifique o normalice la violencia contra las mujeres.
- Directrices de la ONU sobre Tratamiento de Víctimas: Señalan que la protección de la privacidad y la dignidad de las víctimas debe ser una prioridad en todo proceso investigativo y comunicacional.
Por Qué no debemos difundir contenido gráfico de feminicidios
La difusión de imágenes o detalles violentos de estos hechos tiene consecuencias graves:
- Revictimización: Las familias de las víctimas sufren un dolor adicional al ver la violencia a la que fue sometida su ser querido, y pueden ser objeto de acoso o especulación.
- Normalización de la violencia: El constante contacto con imágenes gráficas puede hacer que la sociedad se vuelva insensible a la violencia contra las mujeres, minimizando su gravedad.
- Obstáculo a la justicia: La divulgación de pruebas o detalles del crimen antes del proceso judicial puede comprometer la investigación y el derecho a la defensa del imputado, poniendo en riesgo la posibilidad de obtener una condena.
- Impacto en la salud mental: El contenido violento puede generar trastornos emocionales, estrés postraumático y otros problemas de salud en quienes lo ven, especialmente en personas que han sufrido violencia de género.
Cómo apoyar a las víctimas y combatir el feminicidio
La mejor manera de enfrentar la violencia contra las mujeres es a través de acciones concretas y respetuosas:
1. Denunciar cualquier forma de violencia: Utilizar los canales oficiales como la línea 123 (Línea contra la Violencia contra las Mujeres) o las unidades especializadas de la policía.
2. Apoyar a organizaciones de apoyo: Colaborar con entidades que brindan asistencia legal, psicológica y económica a víctimas de violencia de género y sus familias.
3. Educar y concienciar: Promover valores de igualdad y respeto entre hombres y mujeres, especialmente en los jóvenes, para construir una cultura libre de violencia.
4. Exigir cumplimiento de la ley: Pedir a las autoridades que investiguen cada caso de feminicidio con rigor, que apliquen las leyes correspondientes y que implementen políticas de prevención efectivas.
5. Tratar los casos con respeto: Evitar la especulación y la difusión de detalles sensibles, centrándonos en la búsqueda de justicia y en la protección de los derechos de las víctimas.
Reflexión final
El feminicidio es un crimen atroz que nos afecta a todos como sociedad. Nuestro deber es proteger la memoria y la dignidad de las víctimas, trabajar por la justicia y construir un país donde ninguna mujer tenga que temer por su vida. La violencia no debe ser un espectáculo; debe ser un llamado a la acción para cambiar las estructuras y los valores que permiten que sigan sucediendo estos hechos.
Hoy más que nunca, debemos unirnos para decir ¡YA BASTA! a la violencia contra las mujeres.
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