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Procuraduría pidió a la Personería, investigar anomalías en colegio de Ibagué

Procuraduría pidió a la Personería, investigar anomalías en colegio de Ibagué

Foto: Jobana Arias Cubillos, rectora del colegio ciudad de Ibagué. cambioin.com

Por: Editor en Jefe - Publicado en marzo 03, 2026

Denuncias realizadas por cambioin.com el portal de las noticias de problemas al interior del colegio Ciudad de Ibagué, prendió las alarmas en una veeduría, que envió la queja ante la Procuraduría General de la Nación, y esta a su vez ordenó la remisión a la Personería de la capital del Tolima, y solicita una investigación inmediata.

 

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Por: Editor General. cambioin.com

 

Por petición de la Procuraduría General de la Nación, la Personería de Ibagué, entrará a investigar las denuncias de posibles problemas que se presentan con la rectora del colegio ciudad de Ibagué Jobana Arias Cubillos. Este es el documento enviado:

 

Procuraduría General de la Nación Colombia

 

Procuraduría Provincial de Instrucción de Ibagué

 

Oficio No. 489

 

Doctor

Eduardo Espinosa Palacios

Personero Municipal de Ibagué

Carrera 4 No. 4Bis-81 Barrio Metaima II

[email protected]

Ibagué Tolima

 

Radicado

Personería de Ibagué

 

Asunto: Remisión por competencia de queja

 

Respetado doctor:

 

En atención de lo previsto en el articulo 21 de la Ley 1437 de 2011 (sustituido por el Art. 1 de la Ley 1755 de 2015) y las funciones que le fueron asignadas por el artículo 178 de la Ley 136 de 1994 y el artículo 3 de la Ley 1952 de 2019, comedidamente remitimos por competencia el siguiente asunto:

 

Radicación

IUS-E-2026-075391

IUC-D-2026-4268283

 

Peticionario o Quejoso

Anónimo

Correo electrónico:

Asunto

Queja

Folios Dos (2)

 

Lo anterior, con el objeto de que se adelanten las actuaciones que correspondan conforme a derecho.

 

Cordialmente.

 

Adalberto Sánchez Pérez Procurador Provincial de Instrucción de Ibagué (C)

 

Se remite denuncia:

 

Asunto: Solicitud de verificación administrativa y disciplinaria - I.E. Ciudad de Ibagué

 

Ibagué, Tolima 12 de febrero de 2026

 

Señores

Secretaría de Educación Municipal de Ibagué

Oficina de Control Interno

Personería Municipal de Ibagué

Ciudad

 

Respetados señores:

 

En ejercicio de los derechos consagrados en los artículos 23 y 74 de la Constitución Política de Colombia, y actuando de manera anónima por razones de protección personal, me permito poner en conocimiento de sus despachos una serie de situaciones que, de ser verificadas, podrian comprometer principios constitucionales y normas legales vigentes en la Institución Educativa Ciudad de Ibagué.

 

La presente comunicación se formula desde el respeto absoluto al artículo 29 de la Constitución Política, en garantía del debido proceso y la presunción de inocencia de los funcionarios mencionados, sin afirmar responsabilidades, solicitando únicamente la verificación institucional correspondiente.

 

1. Posible vulneración al principio de neutralidad en contexto electoral

 

De acuerdo con información divulgada públicamente por el medio Cambioln (febrero de 2026), habría sido instalada una valla política en inmediaciones de la institución educativa, en época electoral.

 

De confirmarse, se solicita verificar el cumplimiento de:

 

Articulos 41, 67 y 209 de la Constitución Política.

 

Ley 115 de 1994 (fines de la educación).

 

Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales).

 

Ley 1475 de 2011 (regulación de propaganda política).

 

Se solicita establecer si existió autorización, si se trata de zona restringida y si se garantizó la neutralidad institucional.

 

2. Presuntas inconsistencias en el manejo del SIMAT

 

Se han señalado posibles inconsistencias en el reporte o administración del Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT), lo cual podría impactar la asignación de recursos y decisiones administrativas.

 

Se solicita auditoría conforme a:

Ley 715 de 2001.

Decreto 1075 de 2015.

Normativa del Ministerio de Educación Nacional sobre matrícula oficial.

 

Principios de responsabilidad fiscal (art. 267 C.P.) y moralidad administrativa (art. 209 C.P.).

 

3. Implementación de jornada completa

 

Se ha mencionado que la jornada completa habría sido implementada sin planificación suficiente.

 

Se solicita verificar cumplimiento de: Decreto 2105 de 2017 (jornada única).

Decreto 1075 de 2015.

 

Lineamientos técnicos del MEN sobre condiciones de infraestructura, alimentación y carga académica.

 

4. Distribución de horarios y posibles situaciones laborales

 

Se han mencionado inquietudes relacionadas con asignación de carga académica docente y presuntas situaciones de hostigamiento hacia personal administrativo.

 

Se solicita revisar conforme a:

 

Decreto 1850 de 2002 (jornada laboral docente).

 

Ley 1010 de 2006 (acoso laboral).

 

Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario).

 

Se recomienda activar, si no se ha hecho, los mecanismos internos como el Comité de Convivencia Laboral.

 

5. Posible conflicto de interés

 

Se ha señalado la posible vinculación laboral de un familiar directo de la rectora dentro de la institución, lo que podría generar cuestionamientos sobre conflicto de intereses.

 

Se solicita verificar cumplimiento de: Articulo 209 de la Constitución Política (moralidad e imparcialidad).

 

Régimen disciplinario vigente (Ley 1952 de 2019).

 

Normas sobre conflicto de intereses y transparencia administrativa.

 

Solicitudes concretas

 

1. Que se inicie verificación preliminar administrativa y disciplinaria.

 

2. Que se practique auditoria técnica al SIMAT y a la implementación de la jornada completa.

 

3. Que se evalúe la legalidad de la propaganda política en inmediaciones del plantel.

 

4. Que se revise la eventual existencia de conflicto de intereses.

 

5. Que se garantice protección a posibles denunciantes y testigos.

 

6. Que se informe a la comunidad educativa sobre las actuaciones adelantadas, respetando el debido proceso.

 

Esta solicitud se presenta en defensa del interés público, la transparencia administrativa y la protección de los derechos de estudiantes, docentes y personal administrativo, reiterando que corresponde exclusivamente a las autoridades competentes determinar la veracidad de los hechos y las responsabilidades a que haya lugar.

 

1.https://www.cambioin.com/politica/descarada-participacion-en-politica-en-colegio-en-ibague-pusieron-valla-y-todo

 

2.https://www.elalertado.com/2026/02/cuestionamientos-por-valla-politica-en.html?m=1

 

Atentamente,

Denunciante Anónimo

Ibagué - Tolima

Red Tolima DDHH y DIH

[email protected]

 

Defendiendo la dignidad humana y promoviendo la paz en el Tolima y Colombia.

 

"Bienaventurados los que trabajan por la paz, porque ellos serán llamados hijos de Dios." Mateo 5:9

 

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