REGIÓN

Rosario de errores en contratos del alcalde de Cunday

Por: Denuncia Ciudadana - Publicado en abril 30, 2020

El grupo de Veedores del municipio de Cunday ampliaron las denuncias realizadas contra el alcalde de Cunday ante los órganos de control, por posibles irregularidades en la firma de contratos para atender la emergencia debido al covid-19.

Esta es la ampliación de la denuncia:

Cunday Tolima, abril de 2020
 
Señores:
Contraloría Departamental del Tolima
Contraloría General de la Nación
Procuraduría Departamental del Tolima
Procuraduría General de la Nación
Fiscalía General de la Nación
Ciudad
 
Asunto: AMPLIACIÓN DE LA DENUNCIA POR CONDUCTAS IRREGULARES EN EL MANEJO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE URGENCIA MANIFIESTA EN EL MUNICIPIO DE CUNDAY TOLIMA.
 
Queremos poner en su conocimiento las conductas irregulares en el manejo de la contratación directa de urgencia manifiesta, violando el marco jurídico de la Contratación Estatal:
 
Como se puede evidenciar en los contratos No. 030-2020, No. 032-2020, No. 035-2020, No. 036-2020 y No. 037-2020, la Alcaldía de Cunday se apartó del cumplimiento de sus obligaciones frente al marco jurídico que regula la contratación estatal, y que se describe a continuación:

La Entidad no estableció exigencias técnicas de los productos y/o servicios  que pretendía adquirir para garantizar la eficacia de los bienes objeto de los procesos de contratación, esta conducta irregular vulnera el principio de transparencia (artículo 24 de la Ley 80 de 1993), principio de selección objetiva (artículo 5 de la Ley 1150 de 2007), principio de planeación, principio de economía, omisión al deber de planeación y en general el marco normativo de la contratación estatal (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, Decreto 1510 de 2013).

Esta conducta se aparta del marco jurídico que regula la contratación estatal, y se incurre en esta conducta irregular con el propósito de darle manejo a la contratación, toda vez que no se especifica las exigencias técnicas del producto que se pretendía adquirir en estos contratos falta gravísima en la contratación estatal.

La Entidad vulneró el Capítulo VII Publicidad Articulo 19.  Publicidad en el Secop: La Entidad Estatal está obligada a publicar en el Secop los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Alcaldía de Cunday vulnero y violo el marco jurídico de la Contratación Estatal por los hechos que se describen a continuación:
 
Como se puede observar y verificar en la plataforma de contratación pública SECOP I, el Contrato No. 030 de 2020 se firmó el 19 de marzo de 2020 y se publicó en la plataforma 18 días después (se publica el día 5 de abril), igualmente el Contrato No. 032 de 2020 se firmó el 19 de marzo de 2020 y se publicó en la plataforma 18 días después (se publica el día 5 de abril), el Contrato No. 035 de 2020 se firmó el 26 de marzo de 2020 y se publicó en la plataforma 11 días después (se publica el 5 de abril), igualmente llama la atención el Contrato No. 036 de 2020 se firmó el 26 de marzo de 2020 y se publicó en la plataforma 31 días después es decir al mes siguiente (se publica el 25 de abril), de la misma manera el Contrato No. 037 de 2020suscrito con la Fundación de su amigo y jefe de campaña Cesar Torres Pedreros se firmó el día 26 de marzo de 2020 y se publicó en la plataforma 30 días después (se publica el 24 de abril de 2020), lo curioso es que en la plataforma el Contrato No. 037 de 2020 aparece trocado con el Contrato No. 035 de 2020 que la misma Alcaldía de Cunday suscribió con INTERWORK SAS esposa del contratista Cesar Torres Pedreros, es decir que aprovechando la urgencia manifiesta se utilizó la Contratación del Municipio de Cunday Tolima para pagar favores políticos y otorgar los Contratos 035 y 037 a la familia Torres Hernández, presentando visiblemente una violación al régimen de contratación estatal, incurriendo en la causal de favorecimiento de contratos,  suscribiendo contratos con personas con la que tiene una amistad y que le venían solicitando una contraprestación por los servicios prestado durante la campaña electoral, incurriendo en una mala conducta y pago de favores políticos.
 
A su vez, se presenta una clara vulneración y violación a los principios de contratación estatal principio de transparencia, principio de economía, principio de planeación y el principio 1.5. Principio de publicidad. La Entidad Estatal está obligada  a comunicar a los administrados la totalidad de las actuaciones que realizan dentro de los procesos de selección de sus contratistas. Ello no podría ser de otro modo, pues la publicación generalizada de la información referida a los procesos de contratación que adelantan las entidades del Estado es la que permite que a los mismos asistan todas aquellas personas interesadas en la ejecución de los proyectos allí tratados y que toda la ciudadanía tenga la posibilidad de conocer la actividad contractual de la Administración, como garantía de transparencia. En otras palabras, el principio de publicidad implica que todas las autoridades deben dar a conocer sus actuaciones y decisiones a través de los distintos mecanismos previstos en la ley, como comunicaciones, notificaciones o publicaciones, a fin de que sean vinculantes y puedan ser controvertidas por sus destinatarios.
 
A su vez en la plataforma SECOP I, no se publicaron los documentos jurídicos de las Empresas contratadas siendo obligación de la Entidad Estatal, lo anterior para que se pueda verificar su validez, razón por la cual solicito a los entes de control requerir a a la Entidad que carguen a la plataforma SECOP I estos documentos jurídicos ya que estos documentos deben ser públicos y de consulta, y verificar la validez de los documentos antes los organismos competentes.
 

Otra conducta irregular que vale la pena denunciar es que la Alcaldía de Cunday suscribió Contrato directo de urgencia manifiesta No. 032-2020 con la CORPORACION CRECER TOLIMA con domicilio en Ibagué Tolima,para la adquisición de Tapabocas y gel antibacterial,  por valor de $85.000.000. El Alcalde de Cunday en los medios de comunicación ha dicho que los tapabocas los están haciendo en Cunday Tolima las personas asociadas a la FUNDACION FAMILYPRO quienes cuentan con las maquias de cocer.

Por lo anterior, queremos denunciar una presunta triangulación de contratos de contratos para favorecer a la FUNDACION FAMILYPRO,  dado que se contrató con la CORPORACION CRECER TOLIMA para el suministro de tapabocas y la CORPORACION CRECER TOLIMA subcontrato con la FUNDACION FAMILYPRO.

 A su vez se presenta violación al principio de planeación, principio de previsibilidad y omisión al deber de planeación, toda vez que cuando se recurre a la contratación de urgencia manifiesta, es porque se requieren los productos o servicios en el inmediato futuro es decir de forma inmediata, pero como es conocido por la comunidad de cunday la FUNDACION FAMILYRPO no cuenta con la capacidad instalada ni el personal suficiente para la entrega inmediata de 10.000 tapabocas, perjudicando significativamente los fines de la contratación de urgencia manifiesta, a la fecha la FUNDACION FAMILYPRO se encuentra elaborando tapabocas producto del contrato suscrito entre la Alcaldía de Cunday y la CORPORACION CRECER TOLIMA, es de resaltar que estos tapabocas se están requiriendo de manera urgente para  mitigar y prevenir la propagación del COVID-19.


Para finalizar como habitantes del Municipio de Cunday Tolima, solicitamos a los entes de control nacionales y departamentales agilidad y celeridad en las investigaciones de la denuncia presentadas el 13 de abril con el asunto:  DENUNCIA: ACTOS DE CORRUPCION CONTRATACION DIRECTA EN LA FIGURA DE URGENCIA MANIFIESTA, FAVORECIMIENTO DE CONTRATOS AMIGOS DE CAMPAÑA, SOBRECOSTOS EN LAS COMPRAS, CONTRATOS SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES, VIOLACION PRINCIPIOS DE CONTRATACION ESTATAL EN EL MUNICIPIO DE CUNDAY TOLIMA, y la denuncia interpuesta el día de hoy con el asunto: AMPLIACIÓN DE LA DENUNCIA POR CONDUCTAS IRREGULARES EN EL MANEJO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE URGENCIA MANIFIESTA EN EL MUNICIPIO DE CUNDAY TOLIMA.
 
Atentamente,
 
Habitantes del Municipio de Cunday Tolima

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