Foto: Michael Steven Mejía Ospina, experto en Gestión comercial y de negocios de la UNAD, y Defensor de derechos humanos. Columnista invitado cambioin.com
Por: Editor en Jefe - Publicado en mayo 17, 2026
Por Michael Steven Mejía Ospina
Activista, Panelista, Defensor de Derechos Humanos, Miembro de Amnistía Internacional, Abogado Empírico, Estudiante de Ciencias Políticas, Homologando Derecho en la Universidad Americana. Columnista invitado cambioin.com
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Escándalo que conmocionó a la ciudadanía: Profesional de la salud habría aprovechado consulta médica para cometer actos indebidos.
Un hecho que ha generado profunda indignación y rechazo en la ciudad de Ibagué y en todo el país se ha registrado en las últimas horas: las autoridades capturaron a un médico identificado con el nombre de César, señalado de cometer delitos de carácter sexual contra un menor de edad. Los hechos ocurrieron en el mes de junio de 2025, durante una consulta de control médica en la Unidad de Servicios Integrales de Salud (USI) del barrio El Jordán, un centro de atención que debe garantizar el bienestar y la seguridad de todos los usuarios, especialmente de los niños, niñas y adolescentes.
Según las investigaciones adelantadas por organismos de seguridad y la Fiscalía General de la Nación, el profesional de la salud habría aprovechado su posición de confianza y la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba el menor —quien acudió a la cita acompañado de su abuela— para llevar a cabo conductas que violan gravemente su integridad física, psicológica y sexual. Se acusa al médico de realizar exámenes inadecuados, tocar partes íntimas del menor sin ningún tipo de justificación médica, besarlo en la boca y ordenarle al niño que realice tocamientos indebidos sobre su propio cuerpo.
Delito imputado y marco legal aplicable
El profesional es acusado del delito de acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir agravado, tipificado en el ordenamiento jurídico colombiano. Estas conductas se encuentran reguladas en el Código Penal (Ley 599 de 2000), modificado principalmente por la Ley 1236 de 2008, que establece las sanciones correspondientes para quienes cometan actos de esta naturaleza.
De acuerdo con la normativa vigente:
El artículo 207 del Código Penal señala que quien realice actos sexuales diversos al acceso carnal en una persona que se encuentre en condiciones de inferioridad psíquica o que no pueda dar su consentimiento válido, incurrirá en penas de prisión que oscilan entre 3 y 6 años, las cuales se agravan cuando la víctima es un menor de edad, llegando a establecerse sanciones más severas por el aprovechamiento de la posición de autoridad o confianza.
- El artículo 210 del mismo cuerpo legal, modificado por la Ley 1236 de 2008, dispone que quien realice actos sexuales con personas que no pueden resistir o comprender la situación, enfrenta penas que pueden alcanzar hasta 8 a 20 años de prisión, según las circunstancias específicas de cada caso .
- Adicionalmente, los delitos contra menores de 14 años cuentan con un tratamiento especial y más riguroso por parte de la justicia, conforme a lo establecido en la normativa de protección a la infancia, que considera que los niños y niñas no tienen la capacidad legal para consentir este tipo de conductas, por lo que cualquier acto de esta naturaleza se considera siempre delictivo.
La Corte Constitucional, en sentencias como la C-163 de 2021, ha establecido que la "incapacidad de resistir" abarca cualquier situación que impida a la víctima oponerse a la agresión, y que el aprovechamiento de la confianza o la posición de poder es un elemento que agrava la responsabilidad penal de quien comete el delito . Asimismo, la jurisprudencia ha dejado claro que los profesionales de la salud, al estar investidos de una función de cuidado, tienen una responsabilidad especial de proteger a sus pacientes, y su incumplimiento o abuso de esta condición se sanciona con mayor severidad.
Proceso judicial y medidas de protección
Tras la captura, el médico quedó a disposición de las autoridades judiciales para que se realicen los trámites correspondientes y se establezcan con precisión todas las circunstancias de los hechos. En la audiencia de control de garantías, se evaluarán las pruebas recabadas durante la investigación y se definirá la medida de aseguramiento que le será impuesta, que en casos de esta gravedad suele ser la privación de la libertad mientras se desarrolla el juicio.
De manera paralela, se han activado todas las rutas de atención integral establecidas por el Estado para garantizar el bienestar de la víctima. Equipos interdisciplinarios conformados por psicólogos, trabajadores sociales y personal de salud brindan acompañamiento especializado al menor y a su familia, con el objetivo de proteger su integridad emocional y facilitar su proceso de recuperación. También se han adoptado medidas administrativas correspondientes, incluyendo la suspensión del ejercicio de la profesión médica mientras se resuelven las investigaciones, conforme a las normas que regulan el ejercicio de la medicina y la ética profesional.
Un caso que revela fallas y exige responsabilidad
Este hecho ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar los controles y las medidas de seguridad en todos los centros de atención en salud del país. Las autoridades han señalado que se analizarán los protocolos de atención y las condiciones de funcionamiento de la USI del Jordán, para determinar si existen fallas que permitieron que se presentaran estos hechos y para adoptar las correcciones necesarias que eviten que se repitan situaciones similares.
El caso también ha generado un llamado a la sociedad para estar alerta y denunciar cualquier situación que atente contra los derechos de los menores, así como para exigir que quienes cometan delitos de esta naturaleza respondan por sus actos ante la ley. Las instituciones competentes han reafirmado su compromiso de actuar con firmeza y celeridad para garantizar que se haga justicia y que se proteja a la población más vulnerable.
Fuente: Información preliminar de organismos de seguridad y justicia de Colombia
Nota: Toda esta información es de carácter noticioso y tiene como único objetivo informar a la ciudadanía, sin buscar incitar, promover ni glorificar ningún tipo de violencia, actividad ilegal o discurso prohibido.
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