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Corrupción en el IBAL sin límites, pese a irregularidades, adjudican licitación a Duván Ramírez

Corrupción en el IBAL sin límites, pese a irregularidades, adjudican licitación a Duván Ramírez

Foto: Duván Ramírez, Andrés Hurtado, Erika Palma. cambioin.com

Por: Resumen De Noticias Hoy - Publicado en diciembre 27, 2022

Sin ningún tipo de vergüenza, el comité evaluador de la empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado o IBAL por sus siglas, válido el documento falso presentado por el proponente Duván Ramírez, y desestimó todas las pruebas que demostraban que la licitación tenía varios vicios de procedimiento, que obligaban a declarar desierta, pero por el contrario recomiendan entregarle al mencionado la obra que vale 26 mil millones de pesos.

Informe especial cambioin.com

La veeduría total 824 sigue denunciando las graves irregularidades que se están cometiendo en este tiempo al interior del IBAL, donde a toda costa quieren favorecer al ingeniero amigo del alcalde de Ibagué, Duván Ramírez.

Denuncia:

Bogotá, Diciembre  26 de 2022.

Señores
Empresa  Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A. E.S.P Oficial
Ibagué
Contratació[email protected][email protected][email protected]
[email protected][email protected][email protected]
[email protected][email protected][email protected]
[email protected][email protected]

Ref.  Observación No 1 al proceso de evaluación definitiva de la invitación  pública No 195 de 2022.

Esta VEEDURÍA ciudadana ve con preocupación que aunque se le hayan puesto de presente a los funcionarios del IBAL y al comité evaluador el sin número de irregularidades del proceso de la referencia; los miembros del comité evaluador en su evaluación final; simplemente excusan su proceder y no van al fondo del asunto; por ejemplo:

No aceptaron que el proceso se encontraba viciado por no publicar el cronograma del proceso una vez se apertura el mismo; pues con una evidencia tan contundente publicada en el SECOP II; se ve  que fue publicado en diciembre  20 de 2022 y sin embargo se hacen los de la vista gorda insistiendo que si hubo publicidad del proceso cuando las mismas pruebas que reposan en el proceso dan cuenta de lo contrario.

De manera muy somera y perspicaz  el comité evaluador simplemente soslaya el delito de falsedad en documento público presentado por el consorcio Obras Hidráulicas; representado legalmente por el ingeniero Duván Ramírez Bayona, cuando de manera descarada presentó documentos FALSOS; tal y como lo dejó en evidencia el Ingeniero Ambiental OSCAR EFREN OSPINA ZUÑIGA, quien enunció en su derecho de petición de la falsedad de la que fue objeto y del uso de su nombre de manera ilícita en este proceso; sin sonrojarse el comité deja pasar por alto sin solicitarle al Consorcio que se pronuncie  de fondo; so pena de ser denunciado penalmente por dicho delito. 

Es pertinente recordarle a la señora Gerente Erika Palma; al señor Presidente de la Junta directiva del IBAL ; Alcalde de Ibagué Señor Hurtado y a todos los miembros del comité evaluador, dentro de los que hay abogados, que la ley OBLIGA a los particulares que tienen funciones públicas lo siguiente:

“¿Cuándo deben denunciar los particulares que ejercen funciones públicas?
Es de destacar que, para efectos penales, los particulares que ejercen función pública de manera permanente o transitoria son considerados y responderán como servidores públicos, según el artículo 20 del Código Penal.

Mientras que a los particulares solo les asiste la carga de denunciar los delitos previstos en el artículo 441, los servidores públicos están obligados a denunciar, además, las conductas punibles de cuya comisión conozcan y sean investigables de oficio. No hacerlo podría configurar el delito de abuso de autoridad por omisión de denuncia, previsto en el artículo 417 del Código Penal.

Lo anterior será indispensable, puesto que el delito del artículo 417 hace parte de los delitos contra la administración pública, y una eventual condena por este podría generar una inhabilidad para contratar con el Estado.” (Paola Silva Asociada Junior en Penal y Compliance en PPU Legal)

Simplemente el comité evaluador y los funcionarios involucrados en este acto vergonzoso y con presumible corrupción de por medio; dejan pasar tan aberrante conducta en este proceso, sin dejar claro en sus recomendaciones que el ordenador del gasto no solamente debe declarar desierta dicha invitación pública, sino que debe correrle traslado a la Fiscalía, a la procuraduría y a los demás entes de control para que haya una sanción ejemplar frente a estos presumibles  delincuentes; tanto en la parte pública como en la privada.

Esta VEEDURÍA estará atenta  y solícita desde ya a través de esta observación que se convierte en un derecho de petición apoyada en la Constitución Política de Colombia artículo 23; que se le haga llegar por parte del IBAL y del señor alcalde de Ibagué; la respectiva denuncia a la Fiscalía General de la Nación, contra cada uno de los integrantes del Consorcio Obras Hidráulicas; so pena de incurrir en el delito establecido en el código penal colombiano por omitir denuncia, cuando se conoce un posible delito.

Esta VEEDURÍA se ratifica con respeto, en todo lo enunciado en las observaciones anteriores del informe preliminar de evaluación y en esta nueva observación del informe definitivo y exhorta a todos los organismos de control a realizar una investigación exhaustiva para dar con los responsables de estas irregularidades, pues todo lo que detectamos y denunciamos era cierto.

Ojalá tanto la gerente del IBAL como el Alcalde de Ibagué, no encubran el delito aquí cometido  y denuncien a su amigo Duván Ramírez Bayona y sus asociados del Atlántico; es deber legal y su responsabilidad con los ciudadanos de bien de Ibagué.

Atentamente,
VEEDURÍA TOTAL 824
C.C. Procuraduría General de la Nación  [email protected]
c.c. Fiscalía General de la Nación  [email protected][email protected][email protected]
C.C. Contraloría General de la República.  [email protected]
C.C. [email protected][email protected]
c.c. Personería Municipal de Ibagué.     [email protected]
c.c. Contraloría Municipal de Ibagué.     [email protected]
C.C. Olga Lucia Alfonso Lanini-Directora Cortolima.   [email protected]
C.C.  [email protected][email protected][email protected]
[email protected]
c.c [email protected]

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