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Mandatarios asumirán pago de los servicios públicos: Duque

Por: Editor en Jefe - Publicado en abril 05, 2020

Foto: Iván Duque Márquez y gobernador del Tolima. cambioin.com

Vía: resumen de noticias nacionales

El gobierno del presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, facultó a los alcaldes y gobernadores del país para que puedan pagar los servicios públicos de los estratos 1,2,y 3, mientras que paro los demás estratos se podría buscar una refinanciación de los mismos mientras dura el confinamiento social obligatorio en el país, el cual una vez más se habla se podría alargar.

El jefe de estado puntualizó que tanto mandatarios locales como departamentales pueden asumir el pago de servicios públicos como el gas y la energía en medio de la crisis por el covid-19, pero aclaró el presidente que la plata se le debe garantizar a las empresas prestadoras de esos servicios.

El gobierno, Duque Márquez, consagró en el decreto 517, las facultades protempore a los alcaldes y gobernadores del país, para que en medio de la crisis por la pandemia, asuman  el pago de los servicios públicos, determinación que se toma pensando en darle un alivio a los bolsillos de los ciudadanos, de los estratos más necesitados siempre y cuando se garantice el pago a las empresas prestadoras de los servicios públicos para evitar la quiebra de las mismas.

El artículo principal del decreto con fuerza de ley número 517 de la administración Duque, señala: “asunción del pago de servicios públicos por entidades territoriales. Durante el término de declaratoria del  estado de emergencia económica, social y ecológica por causa de la pandemia covid-19, las entidades territoriales podrán asumir total o parcialmente el costo de los servicios públicos de energía eléctrica o de gas combustible de los usuarios dentro de su jurisdicción”.

Y continúa esta determinación nacional que beneficia al Tolima: “En aquellos casos en que las entidades territoriales decidan asumir total o parcialmente el costo de los servicios públicos de energía eléctrica o de gas combustible, dichas entidades deberán girar oportunamente los recursos a las empresas comercializadoras que atienden a tales usuarios. Cuando ello ocurra, el monto asumido por el ente territorial se aplicará para reducir la tarifa de los usuarios que determine la respectiva entidad territorial”.

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