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Ordenan 5 días de arresto contra el gerente del SETP

Ordenan 5 días de arresto contra el gerente del SETP

Foto: César Fabián Yañez y el alcalde de Ibagué. cambioin.com

Por: Editor Ibagué - Publicado en septiembre 14, 2023

Por incumplir resolución judicial, ordenan 5 días de arresto contra el gerente del sistema estratégico de transporte público de Ibagué, o SETP Ibagué por sus siglas.

Informe Especial cambioin.com

A continuación se transcribe la órden de descato qué ordena un juez de la República:

manera injustificada expedir la copia de los 25 documentos enunciados en el acapite B de la mentada solicitud.

En ese orden, ante la carencia de elementos de convicción que demuestren que el SISTEMA ESTRATÉGICO DE TRANSPORTE PUBLICO DE IBAGUE S.AS. - SETP BAGUE S.A.S. obedeció debidamente la orden emitida por este Despacho y que es ésta entidad la que debe dar respuesta clara, completa y de fondo, se declarará en Desacato a CESAR FABIAN YAÑEZ PUENTES en calidad de Gerente General y representante Legal del SISTEMA ESTRATÉGICO DE TRANSPORTE PUBLICO DE IBAGUE S.AS.- SETP IBAGUE S.A.S., o a quien haga sus veces, pues su omisión comporta desobedecimiento a la orden que buscaba la protección de los derechos fundamental de los accionantes PAULA KATERINE RAMOS NAVARRO en calidad de representante legal de COTRAUTOL. HERMAN QUINONEZ ARIZA en calidad de Gerente de EXPRESO IBAGUE LTDA Y PAOLA TORRES AGUIAR en calidad de gerente de MOVILIZANDO A IBAGUE UT

Ahora bien, en atención al grado de incumplimiento del fallo que es nulo, el perjuicio causado y la afectación a las prerrogativas constitucionales de la accionante, la sanción consistirà en multa equivalente a CINCO (5) dias de S.M.L.M.V, suma que deberá consignarse a la cuenta a nombre de la Dirección del Tesoro Nacional DTN, multas y cauciones 3-0070-000030-4 del Banco Agrario, y arresto de CINCO (5) dias que deberá cumplir en las instalaciones del Cuerpo Técnico de Investigaciones adscrito a la Fiscalia General de la Nación, debiéndose librar, de ser necesario la correspondiente orden de conducción.

Resaltese, que, de no cancelar oportunamente la multa impuesta, se procederá a su cobro coactivo por el ente competente.

Finalmente, como lo consagra el inciso segundo del articulo 52 del Decreto 2591 de 1991, esta decisión se someterà al grado jurisdiccional de consulta ante el superior funcional de este Despacho. Para ello, luego de comunicada a las partes en los términos legales más expeditos, a través de la Secretaria se remitirán las diligencias oportunamente.

Por lo expuesto, el Juzgado Séptimo Penal Municipal con Función de Control de Garantias de Ibagué, Tolima,

RESUELVE

PRIMERO: ORDENAR a CESAR FABIAN YAÑEZ PUENTES en calidad de Gerente General y representante Legal del SISTEMA ESTRATÉGICO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE IBAGUE S.A.S.-SETP IBAGUE S.A.S., o a quien haga sus veces, que, dentro del marco de sus competencias, cumpla de forma integral la sentencia de tutela proferida dentro del presente asunto.

SEGUNDO: SANCIONAR por desacato a CESAR FABIAN YANEZ PUENTES en calidad de Gerente General y representante Legal del SISTEMA ESTRATÉGICO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE IBAGUE S.A.S.-SETP IBAGUE S.A.S., o a quien haga sus veces, a pagar multa equivalente a CINCO (5) dias de S.M.L.M.V. suma que deberá consignar a la cuenta a nombre de la Dirección del Tesoro Nacional DTN, multas y cauciones 3-0070-000030-4 del Banco Agrario, y arresto de CINCO (5) dias, que deberà cumplir en las instalaciones del Cuerpo Técnico de investigaciones adscrito a la Fiscalia General de la Nación, debiendose librar, de ser necesario la correspondiente orden de conducción

TERCERO: REMITIR a través del Centro de Servicios Administrativos del SPA el presente diligenciamiento ante los Juzgados Penales del Circuito de esta ciudad, para que se surta el grado de consulta.

copiese, notifiquese y cumplase

Marleny Murillo Sánchez
JUEZ

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