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Carlos Edward Osorio no puede ser precandidato del CD

Por: Editor en Jefe - Publicado en marzo 11, 2019

Carlos Edward Osorio Aguiar, precandidato a la gobernación del Tolima por el Centro Democrático, no cumple los estatutos del partido, para ser proclamado aspirante único de ese sector al cargo más importante por elección popular en el departamento.

Basados en los reglamentos del CD donde están escritos los parámetros que debe cumplir cada uno de los interesados en obtener el respaldo de esa colectividad, se destaca en el: “capítulo 4. Candidaturas y avales” en su artículo 20 titulado publicación y transparencia, el cual señala (se copia textual): Quien aspire a cargos de elección popular en representación del partido, debe ser miembro del mismo, salvo cuando se trate de procesos de coalición. La dirección nacional reglamentará lo correspondiente a los requisitos exigidos para cada certamen electoral, así como, para su inscripción, se volarán las siguientes condiciones: 1- comportamiento ético y social. 2- trayectoria política dentro del partido. 3- liderazgo social.”

En el anterior ítem es claro que el precandidato Carlos Edward Osorio, no es miembro del CD, ni puede firmar un documento que lo acredite como asociado porque incurriría en doble militancia, teniendo en cuenta que en la actualidad aún pertenece al partido nacional de la U, movimiento del cual también espera obtener el aval. Queda claro que el sistema a utilizar no es coalición, porque es la única manera en donde se hace una excepción. Además, esta persona nunca a militado en el Centro Democrático.

El Centro Democrático se compromete a lo siguiente: “El partido publicará en su página oficial los nombres, hojas de vida y las declaraciones de bienes y rentas en el formato de la función pública, de los candidatos que aspiren a ocupar cargos de elección popular, para que la ciudadanía los conozca y pueda presentar observaciones sobre los mismos”

Con referencia a ese tema, a la fecha ya se conocen los nombres de los precandidatos a la gobernación del Tolima y aún no se han publicado sus datos financieros y antecedentes para que la comunidad haga sus observaciones. (página 9 copia del estatuto del centro democrático)

 

Copia 1: Estatutos del Centro Democrático, obligatorio cumplimiento. Cambioin.com

La clave

Para dejar claro que quienes participan en la selección del nombre del candidato único por el Centro Democrático a la gobernación del Tolima, deben ser miembros de esa colectividad, se transcribe el articulo 24 de los estatutos del CD, el cual fue el acogido por quienes hoy se denominan precandidatos: (se transcribe) “Consultas y otros mecanismos de selección. A medida que el partido avance en su proceso de selección de candidatos, la dirección nacional podrá escoger entre los siguientes mecanismos de selección: encuestas, consensos, consultas internas o populares, convenciones, consultando criterios de descentralización y autonomía de las regiones” (copia de los estatutos del CD)

 

Copia 2: Estatuto del Centro Democrático, obligatorio cumplimiento. Cambioin.com

  

Al aclarar que fue el artículo 24 el escogido para definir el nombre del candidato a la gobernación del Tolima, es importante porque quiere decir que se eligió ese de los estatutos del centro democrático y no el artículo 26, el cual habla sobre las coaliciones, caso al que se refiere el señor Carlos Edward Osorio Aguiar, al decir que no tiene inhabilidad porque él, al momento de inscribirse puede tener varios avales, eso sería diferente si primero lo proclama candidato único la U, que es al cual pertenece en la actualidad y posteriormente el CD lo respalda, no como está pasando en la actualidad.

Sobre el tema de coalición dicen los estatutos del Centro Democrático (se trascribe): “las coaliciones para cargos uninominales y corporaciones públicas deberán ser autorizadas por la dirección nacional. Para alcaldías de ciudades capitales y gobernaciones, la dirección territorial respectiva propondrá la coalición, la cual deberá ser aprobada por la dirección nacional, previo cumplimiento, por parte del candidato de la coalición, de los mismos requisitos que para ser candidato del partido Centro Democrático”

En este punto se aclara como es el tema de la coalición, el cual es muy diferente al planteado por el aspirante Carlos Edward Osorio Aguiar, hasta hoy es claro que el partido de gobierno tendrá su propio candidato. (copia del estatuto del CD)     

 

Copia 3: Estatuto del Centro Democrático, obligatorio cumplimiento. Cambioin.com

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