SALUD

El chanchullo por el que debe responder exgerente del Federico Lleras

Por: Editor en Jefe - Publicado en julio 11, 2025

Sentido de fallo condenatorio contra exgerente de un Hospital de Ibagué Tolima por irregularidades en contrato para adquisición de equipos para la unidad de cuidado crítico. La misma decisión afecta al ex coordinador de la Unidad de Cuidado Crítico del hospital.

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Por: Oficina de prensa de la Fiscalía General de la Nación. cambioin.com

Por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, un juzgado del circuito de Ibagué (Tolima), emitió sentido de fallo condenatorio, en calidad de coautores, en contra de Iván David Hernández Guzmán, exgerente del Hospital Federico Lleras Acosta E.S.E., y Hernán Moreno Herrán, ex coordinador de la Unidad de Cuidado Crítico de la misma institución.

Una fiscal seccional de la Unidad de Administración Pública, presentó el suficiente material probatorio para demostrar que los procesados comprometieron vigencias futuras, sin el debido sustento presupuestal y legal, durante la ejecución de tres contratos celebrados entre los años 2009 y 2011 con la empresa Hernández Troncoso y CIA S en C, para la adquisición de equipos destinados a la Unidad de Cuidado Crítico del mencionado centro asistencial.

La investigación determinó que el contrato matriz fue el 271 del año 2009, el cual tenía como objeto la dotación de equipos especiales para la Unidad de Cuidado Crítico en las áreas de intensivo e intermedio, con opción de compra al cabo de 60 meses y por un valor de $208.800.000.

Sin embargo, entre los años 2010 y 2011, le fueron adicionados otros dos contratos por una cuantía superior a los 2 mil 600 millones de pesos, los cuales debían ejecutarse en un plazo de 60 meses, con prórrogas sucesivas cada año. Ambos fueron suscritos con la misma persona jurídica, y el mismo objeto, lo que evidenció que el primer contrato fue un distractor, respecto al término del primero, ya que lo que se estaba planificando realmente era una contratación a 5 años.

Según el ente acusador, el análisis de conveniencia fue elaborado por el coordinador, Moreno Herrán, quien posteriormente fue designado como supervisor del contrato.

Se probó también que los contratos se adjudicaron de manera directa, y no mediante licitación pública, como lo establece ley cuando la cuantía supera los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La lectura de sentencia fue programada para el 7 noviembre de este año.

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