ACTUALIDAD

Jaramillo, viola código Disciplinario al sostener gerente del IBAL

Por: Editor en Jefe - Publicado en enero 25, 2016

Un lío grave

Foto: Guillermo A Jaramillo y Alberto Girón: Cambioin.

 

 

 

Por: Editor General

Desde un principio la alcaldía de Guillermo Alfonso Jaramillo, ha mostrado su abierto favoritismo por el ingeniero José Alberto Girón Rojas, este portal le relata cómo el gobierno municipal ha favorecido al profesional de la construcción.

En primer lugar se ordenó por parte del jefe de gobierno local que se hiciera un concurso de méritos para encontrar el próximo gerente de la empresa ibaguereña de acueducto y alcantarillado- IBAL, oficialmente la campaña de Guillermo Alfonso Jaramillo, dio a conocer los cinco finalistas de la convocatoria, en el último renglón apareció el nombre del exgerente de esa misma empresa José Alberto Girón Rojas, lo que generó una gran polémica en la ciudad, curiosamente el alcalde electo salió en  la defensa del profesional, actitud que dio a entender por hecho que sería el nuevo titular de esa cartera. Pero también paso algo que solo hasta ahora se descubre en todos los comunicados de Guillermo Alfonso Jaramillo, José Alberto Girón Rojas, aparecía con un número de cedula diferente a la de él, al parecer fue cambiada por otro de los aspirantes que no aparece con antecedentes fiscales.

 

Copia 1: Comunicado de Prensa Guillermo A Jaramillo. Cambioin

El segundo hecho que vale la pena resaltar, sucedió el pasado viernes desde el mediodía cuando en exclusiva Cambio in, publicó los documentos que comprobaban que el ingeniero Girón efectivamente estaba inhabilitado para contratar con el estado y para ocupar cargos públicos desde el 30 de diciembre del 2015, extendida esta acción hasta el 2020.

Lo que sucedió después deja a los Ibaguereños, muy preocupados. El mismo alcalde Guillermo A Jaramillo, dijo que el gerente del IBAL no está inhabilitado por qué el certificado que el presento para posesionarse no tenía el reporte. Para claridad de los lectores se debe recordar que los antecedentes disciplinarios para trabajar en un cargo Público no debe exceder los 30 días de vejez, y el mismo señor Girón muestra como prueba que el documento presentado por él, fue expedido el 3 de diciembre del 2015, es decir tenía 34 días de antigüedad teniendo en cuenta que se posesiono el 7 de enero de 2016, de forma rápida y ante un alcalde encargado, por qué ni siquiera el titular estaba presente.

 

Copia 2: Comunicado de prensa Y Certificado Presentado Por Alberto Girón. Cambioin.

Información a la opinión pública

Referente a las versiones según las cuales estaría inhabilitado para asumir y ejercer las funciones como gerente de la Empresa Ibaguereña de Acueducto de Alcantarillado –IBAL- me preciso aclarar:

1. En ningún caso fui notificado de la sanción en segunda instancia y solo me entere de manera informal ayer 21  de enero de su existencia y el día de hoy con la finalidad de dar cumplimiento a la normativa legal en el transcurso de la mañana cancele el valor del  supuesto detrimento, aunque considero que tal acción es solo formalmente legal porque violaron mi derecho constitucional a la defensa.

2. El pago de tal monto no supone una aceptación de responsabilidad ya que me reservo el derecho de acudir a los entes judiciales para esclarezcan las razones jurídicas  y políticas que hay detrás del fallo, siendo por demás curioso que se emita en este momento con la clara intención de que no ejerza el cargo para el cual fui nombrado el 7 de enero del año en curso.

3. El día 7 de enero, cuando surtió efecto mi nombramiento allegué al despacho de la Alcaldia Municipal el certificado de antecedentes de la Procuraduría General de la Nación con fecha del 3 de diciembre donde consta que no existía ninguna sanción en mi contra. (ver anexo)

4. Dado lo anterior continuaré ejerciendo el trabajo que me fue encomendado por el señor Alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo hasta que él lo considere pertinente, con la misma disciplina compromiso y ética que ha caracterizado mi ejercicio profesional durante los últimos 30 años.

5. Invito a los ibaguereños a seguir trabajando de la mano de la empresa y de la alcaldía municipal para lograr que nuestra ciudad sea incluyente, participativa y cuidadosa con el medio ambiente dejando de lado los intereses políticos oscuros que en los últimos días han tratado de ensuciar la imagen de este proyecto de ciudad que queremos.

José Alberto Girón rojas

CC 93369940

Más delicado aún es el hecho que en medios de comunicación nacionales el alcalde ha salido a defender al gerente del IBAL, y la inhabilidad que tiene, diciendo que no habría sido notificado a tiempo y otras excusas, lo que legalmente lo hace acreedor en estos momentos a una sanción debido a que en el código único disciplinario ley 734 de 2002, reza textualmente en varios de sus artículos que los jefes de gobierno están para hacer cumplir las inhabilidades que decrete la justicia, de manera inmediata, inclusive sí la acción judicial es sobreviniente, que para este caso no aplica debido a que al momento de tomar posesión el ingeniero Girón, ya estaba reportado en la lista de inhabilitados.

El mismo Código Único Disciplinario dice en su artículo cuarto: acción u omisión, explican que quien no haga cumplir la ley se convierte en cómplice y es castigado.

 

Copia 3: Código Único Disciplinario. Cambioin.

Cada hora que pase el alcalde y parte de su gabinete están inmersos en una violación flagrante a la ley, todo por sostener a un funcionario, que debe aclarar sus temas con la justicia colombiana.

 

 

Estás Leyendo Cambio in.

NOTICIAS RELACIONADAS