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En peligro cambio de semáforos en Ibagué, por pelea en empresa que los debe instalar

En peligro cambio de semáforos en Ibagué, por pelea en empresa que los debe instalar

Foto: Pelea a muerte entre miembros del consorcio semáforos Ibagué. cambioin.com

Por: Editor en Jefe - Publicado en junio 19, 2025

Insólito nunca antes se había visto que dos miembros de una misma unión temporal, se convirtieran en enemigos para tratar de vender un producto de manera individual. Eso está pasando al interior del consorcio que debe instalar los nuevos semáforos en la capital, situación que pone en peligro la instalación de los nuevos semáforos en la capital del Tolima.

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Por: Editor General. cambioin.com

Ayer este medio de comunicación digital advirtió sobre dos pruebas que se estaban programando para hoy 19 de junio, una abierta a todos los que quisieran ir, mientras la otra en privado para presentar los nuevos semáforos inteligentes. Debido a esa información, el representante legal de la UT hace algunas precisiones diciendo que el único autorizado para negociar es él.

Está es la carta enviada a la gerencia del SETP, por parte del representante legal de la unión temporal Ibagué Smart City, encargados de instalar los semáforos inteligentes.

Señores:
SETP IBAGUE SAS
Atn. Dr. Aquileo Medina Arteaga
Gerente general
[email protected]
Consorcio Inter semafóricas Ibagué
Atn. Jorge Augusto Rodríguez Reina
Representante Legal
[email protected]
Ibagué
Atn. Dra. Rocio Lozano Delgado
Supervisora - Directora Operativa
[email protected]
[email protected]
UT ISC-119-2025

REFERENCIA: Contrato No 117 del 2024 cuyo objeto es: Suministro, obra e instalación para la puesta en funcionamiento de la fase I de la Red Semafórica del municipio de Ibagué , incluye obras civiles de subterranización.

Asunto: Complemento Respuesta oficio CI-118-2025-122, Desconocer todas actuaciones de Randley SAS, dado que no son vinculantes la UT. Específicamente las concernientes la prueba Técnica.

Estimados señores,

En mi calidad de Representante Legal de la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY en aras de ser diligentes y consecuentes con la Entidad, se remito revisión de la información enviada por RANDLEY, como miembro de la UT, quien no tiene capacidad para actuar en representación del contratista ni sus actuaciones son vinculantes.

Partiendo que la información entregada de los equipos presentados por RANDLEY SAS se realizó de manera extraoficial e inconsulta, sin ser concertada y verificada por la representación legal de la UT, en este sentido para evitar un desgaste en revisiones inoficiosas de elementos tecnológicos que NO CUMPLEN con los requerimientos exigidos por la entidad en la documentación contractual,

Además, según oficio de Interventoría CONSORCIO INTERSEMAFORICAS CI-118-2025-102 ítem 4. Que manifiesta que ellos entregaron protocolo de pruebas y todas las fichas técnicas esto es mentira ya que No allegaron la documentación técnica. A continuación, enviamos resumen de los requerimientos que faltan y NO CUMPLEN de acuerdo a lo exigido por la entidad.

1. Las certificaciones del proveedor suministradas para los semáforos se encuentran vencidas

2. No suministra certificaciones de calidad ni de normas internacionales

3. No se evidencia el cumplimiento del protocolo NTCIP exigido por la entidad en las certificaciones traducidas

4. No suministra ficha para Gabinete

5. No suministra fichas técnicas para los semáforos de 300mm vehiculares, semáforo de flecha de 200mm, semáforo peatonal de 300mm.

6. Suministra fichas de semáforos vehiculares de 200mm ITEM 2,03 y 2,04 los cuales no cumplen con los requerimientos de la entidad.

Fuente interna de alimentación de LED de 12 V o 24V DC. (12/24V DC)

NO CUMPLE

El circuito impreso será de color negro con el objeto de evitar el efecto fantasma.

NO CUMPLE

El fallo de un Diodo Led no deberá interferir en el funcionamiento de los demás en la matriz.

NO CUMPLE

Deberán garantizar una fácil y segura conexión y desconexión a alambres de calibre 16 hasta 20 AWG, bien sea con regleta de bornes o por conectores equivalentes, los cuales deben ser construidos en un material resistente a la corrosión.

NO CUMPLE

Los módulos luminosos deberán tener una vida útil estimada, igual o superior, de 70.000 horas, lo que corresponde aproximadamente a 8 años en condiciones normales de operación. (Ciclos de encendido y apagado continuos).

NO CUMPLE

El voltaje nominal deberá estar en el rango de entre 85 VAC RMS y 265 VAC RMS con una frecuencia nominal de 50-60 Hz con una tolerancia no superior a +/- 3 Hz.

NO CUMPLE 80 A 135 VAC

7. Para el Semáforo S5 para Bicicletas ITEM 2,06 No cumple con los requerimientos de la entidad.

El circuito impreso será de color negro con el objeto de evitar el efecto fantasma.

NO CUMPLE

El fallo de un Diodo Led no deberá interferir en el funcionamiento de los demás en la matriz.

NO CUMPLE

Deberán garantizar una fácil y segura conexión y desconexión a alambres de calibre 16 hasta 20 AWG, bien sea con regleta de bornes o por conectores equivalentes, los cuales deben ser construidos en un material resistente a la corrosión.

NO CUMPLE

8. Para el controlador de tráfico ITEM 2,12 y 2,13 no cumplen con los requerimientos de la entidad. (a continuación, algunas de las especificaciones más relevantes)

Equipo Controlador de tráfico con capacidad para ocho (8) y dieciséis (16) grupos vehiculares, peatonales o bicicletas con mínimo 24 salidas y 48 salidas respectivamente.

No se evidencia la capacidad de 8 o 16 grupos, no se evidencia que el controlador cuente con 24 y 48 salidas respectivamente

Deberá permitir la entrada y procesamiento de información de detectores de vehículos (mallas, cámaras, radares, etc.) y dispositivos de demanda para peatones (pulsadores, cámaras, sensor infrarrojo) y, en general, cualquier periférico ITS de cualquier marca.

NO TIENE/ NO CUMPLE

Los controladores locales deberán cumplir con normas internacionales para tráfico/semaforización.

No presenta certificados internacionales para tráfico y semaforización

Los planes de señalización o programas de sincronismo deben hacerse en memorias no volátiles programable a través de un terminal externo, desde un PC, o a futuro, desde centro de control por medio de comunicación, como mínimo inalámbrica y fibra óptica.

No se evidencia/ NO CUMPLE

Debe poseer baterías para proteger la información guardada cuando se presente una falla en el suministro de energía, así como falla en alguna de las lámparas o de sus componentes.

NO TIENE/ NO CUMPLE

Debe permitir la operación simultánea de múltiples intersecciones semaforizadas independientes mínimo cuatro (4).

No se evidencia/ NO CUMPLE

así mismo contara con la opción de operar de modo Centralizable, trabajará bajo sus comandos de tal forma que su instalación y operación no requiera de aditamentos especiales a excepción del módem de comunicación el cual estará incluido para acceso remoto sin necesidad de central de tráfico para verificación de estado, consulta de bitácora de eventos y/o modificaciones de programación.

No se evidencia/ NO CUMPLE

El contratista deberá garantizar una solución web y/o app sin costo adicional, por el término mínimo de dos (años).

No presenta/ NO CUMPLE

Monitoreo de Luces: El controlador local en forma programable debe supervisar el encendido simultáneo de luces verdes conflictuantes, así mismo debe supervisar la ausencia total de luces rojas y verdes en cualquiera de los grupos vehiculares.

Alarmas: Cuando se presente una falla en el controlador local, debe operarse una alarma visual que le indique a la Secretaría de Movilidad el tipo de falla que se presentó. Además, debe tener la posibilidad de registrar la apertura de gabinete. Las comunicaciones que se generen fruto de alarmas del sistema y/o novedades en los elementos constitutivos de la red semafórica deberán ser recibidas mediante correo electrónico configurable y/o mensajes de texto.

No realiza envió de alarmas en modo local/ NO CUMPLE

El funcionamiento de las características solicitadas será a todo costo sin embargo esto no implica actividades de operación continuas del sistema.

El controlador local contará con dispositivos de protección de entrada, para protegerlo de fugas de corriente, sobretensiones, transientes de voltaje y cortocircuitos contará con un monitor de voltaje ajustable entre 80-150 VAC a 60 Hz. Circuitos de salida: El controlador local estará dotado de dispositivos relés y fusibles de fácil cambio y remplazables para protegerse de los cortocircuitos que se puedan presentar en las luminarias LED de los semáforos o en el cableado de estas y deben ser calculados de tal forma que no causen daños en los circuitos de potencia y conmutadores de luminarias del controlador:

Información de detectores: El controlador local debe estar en capacidad de procesar la información proveniente de los detectores, para su operación en funcionamiento actuado y semiactuado. Asimismo, estará en capacidad de enviar la información de los detectores a central.

Los equipos de control semafórico deberán contar con un protocolo de comunicaciones estandarizados internacionalmente para equipos de gestión de infraestructura NTCIP.

Deberá contar mínimo con tres (3) puertos RS232, Puerto Etherneth 10/100.

sincronización a través de central de tráfico, GPS, cable y/o fibra como mínimo.

De igual modo el funcionamiento del equipo no puede estar supeditado a una falla y/o culminación del tiempo de dicha solución web y/o app.

Fuente de poder independiente de 5 VCC, -+12 VCC, 24 VCC, según sea el diseño, y Protegidas contra: Corto circuitos, Sobrecargas, Sobre tensiones y Sobre temperaturas.

Salidas de 110 VAC/4 Amp con detección de anomalías (fallos de unidad óptica), rango de carga máxima de 30A.

No se evidencia/ NO CUMPLE

NO CUMPLE

DE ACUERDO AL REQUERIMIENTO DE LA ENTIDAD ES 80 VCA 250 VCA Y EN LA FICHA DE RANDLEY CONTIENE LOS VALORES 89 VCA a 135 VCA, 60 Hz (±3 Hz)

No se evidencia/ NO CUMPLE

No se evidencia/ NO CUMPLE

NO TIENE/NO CUMPLE

No se evidencia/ NO CUMPLE

No se evidencia/ NO CUMPLE

No se evidencia/ NO CUMPLE

No se evidencia/ NO CUMPLE

Cabe resaltar que el contratista es la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY y no sus miembros de manera independiente, así como lo es RANDLEY SAS, quien claramente no vincula al contratista, no tiene facultad de representación y mucho menos ostenta la representación legal de la Unión Temporal, pues para ello se radicó un oficio de manera conjunta presentado los equipos sobre los cuales se deberían adelantar las pruebas.

En este sentido ni la Interventoría ni la Entidad puede aceptar, permitir, coadyuvar o comprometer a la Unión Temporal mediante actos no concertados, acordados o coordinados con el suscrito representante legal de la Unión Temporal, quien es la persona facultada para intervenir actuar u obligar a la Unión Temporal respecto a la ejecución del contrato de obra. Así, la Unión Temporal Ibagué Smart City en uso de sus facultades como único contratista desconoce absolutamente los ofrecimientos de equipos presentados por Randley SAS, más
evidenciando y probando como queda constancia en este documento, que esos equipos ni siquiera cumplen con las condiciones técnicas iniciales y requeridas para la ejecución del contrato, razón por la cual avalar los mismo, permitir la realización de las pruebas y reconocer el actuar individual de Randley SAS constituiría a sus participantes en cómplices directos de los daños y afectaciones que llegue a sufrir la Entidad con ocasión esos equipos que claramente no cumplen.

Sea esta la oportunidad para dejar constancia de que la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY siempre ha mantenido su intención de ejecutar el contrato y que la actual situación se ha generado por la intensa intervención de RANDLEY SAS y su representantes quienes buscan la imposición de un equipo específico, el cual fue presentado por ellos de manera violatoria a la buena fe contractual y que claramente no cumple, pues por el contrario nuestros equipos sí cumplen y vemos con sorpresa que la intención de la interventoría es evitar e impedir pruebas, actuando en contra de la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY, facilitando y permitiendo que, en perjuicio de la Entidad, se acrediten equipos que ni siquiera cumplen con los requisitos técnicos mínimos, en beneficio de terceras personas que se reitera no comprometen a la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY.

Así las cosas, la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY como contratista requiere legalmente a la interventoría para que rechace los equipos presentados por RANDLEY SAS y en su lugar adelante la prueba con los equipos presentados directamente por la UNIÓN TEMPORAL IBAGUÉ SMART CITY, insistiendo en que el proceder debe ser este, para dar cumplimiento a los principios en materia de contratación estatal, previstos en la Ley 80 de 1993, especialmente en lo referente a la condición de contratista y a la responsabilidad solidaria de la interventoría por los perjuicios que se le causen a la Entidad frente al trámite de actuaciones claramente violatorias del contrato de obra y del contrato de interventoría, advirtiendo desde ahora que se adelantarán las actuaciones correspondientes en caso de que no se ajusten estos hechos que vienen siendo constituidos por la interventoría en favor de terceros, como es el caso de RANDLEY SAS.

Nota. Como representante legal de la UNION TEMPORAL IBAGUE SMART CITY identificada con NIT 901.865790-0 manifiesto que toda actuación y específicamente respecto a prueba técnica que pueda realizarse por parte de RANDLEY SAS el 19 de junio No vincula ni obliga, ni compromete a la UNIÓN TEMPORAL por lo tanto con este documento estamos notificando a la entidad SETP SAS e Interventoría CONSORCIO INTER SEMAFORICAS IBAGUE.

Cordialmente,

Edgar Jiménez Carreño

[email protected]

Representante Legal

UNION TEMPORAL IBAGUE SMART CITY

Nit. 901.865.790-0

[email protected]

Copia. Aseguradora solidaria de Colombia Procuraduría General de la Nación

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