NACIÓN

Los Derechos Humanos, en tiempos de pandemia. Por Jorge A Cabrera

Por: Editor Ibagué - Publicado en julio 09, 2020

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Por: Jorge Ancizar Cabrera Reyes.

“El desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad”. Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los Derechos Humanos, que en la actualidad hace parte integral de variados textos en el análisis y estudio del derecho global y que se expresa presente en todo el ordenamiento constitucional de los distintos países democráticos del mundo, son vitales para que la sociedad política pueda ser verdaderamente una comunidad con justicia social, participativa y educada en privilegiar el respeto a la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la integridad de todas las personas.

La problemática de los derechos humanos no se debe observar como un asunto publicitario, sino verlo hoy en tiempos del coronavirus del covid-19 como una realidad que golpea a diario a la población civil, que se encuentra inmersa en lo que queda del conflicto armado que aún persiste en Colombia. Lo que va corrido del año 2020 incluido el tiempo de la pandemia del covid-19 y, según las estadísticas de INDEPAZ, van "159 asesinatos de líderes sociales y defensores de derechos humanos, 6 asesinatos de familiares relacionados con líderes sociales y defensores de derechos humanos y 25 firmantes del acuerdo de paz y excombatientes de las Farc  para un total de 190 asesinatos", además continúa el desplazamiento forzado y el  asesinato de indígenas, campesinos y afrodescendientes.

Se debe buscar ante todo,  para lograr reducir  hasta erradicar la violencia  y las violaciones de los derechos humanos, y  en esa dirección debemos procurar y trabajar, el gobierno en todos sus niveles, la sociedad civil a fin de lograr éxitos y mejores indicativos demostrables en esta materia y participar  como ciudadanos en una Nación respetuosa de los derechos humanos y que nuestra democracia sea civilizada, moderna, ejemplarizante y que el país no puede quedar marginado de la globalización, de las oportunidades de desarrollo por su incumplimiento en los compromisos relacionados con la defensa de los derechos ciudadanos enmarcados en nuestra normatividad constitucional y legal para establecer en Colombia la consolidación de la paz que es un requisito de  plena vigencia de los derechos humanos y el respeto de los mismos.

La importancia dada a los Derechos Humanos, establecidos en el artículo 5 y validados por la Corte Constitucional en su apreciación: “el sujeto, razón y fin de la Constitución de 1991, es la persona humana”.

En el artículo 93 constitucional se reconoce que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, prevalecen en el orden interno, o sea que las leyes aprobatorias de esos instrumentos internacionales tienen jerarquía especial, frente al resto de la legislación.

Igualmente, en el artículo 214 de la Constitución de 1991, en su numeral 2, hace necesaria la aplicación del Derecho Internacional Humanitario, en todo caso de conflicto armado, dejando abierta la predeterminación que bajo ninguna condición esos derechos se puedan suspender, en caso de guerra o conmoción interior.

Se debe, ante todo, como fin de que los cambios estructurales de la sociedad colombiana y su desarrollo humano, social, político, económico y ambiental, se complemente en la búsqueda de una comunidad más equitativa, en la que todos participemos para ser libre y convivir con dignidad. Según lo expresó el Nobel de paz Nelson Mandela: “Porque ser libre no es solamente soltar las propias cadenas. Sino vivir en una forma en que se respete y mejore la libertad de los demás”.

La protección del Estado a los derechos humanos debe abarcar tanto los derechos civiles y políticos, como los económicos, sociales y culturales, considerando además como interdependientes el derecho del individuo y el de los grupos y comunidades, y
son condiciones esenciales para el pleno ejercicio de los derechos humanos y fundamentales en especial el de la salud que debe ser prioritario conforme a la emergencia sanitaria, la vida y la protección del ambiente en la esfera de las relaciones Hombre-Naturaleza.

“El fin de la sociedad es la felicidad común. El Gobierno se instituye para asegurar al hombre el goce del ejercicio de sus derechos”. 1797 Constitución del pueblo Lígure.

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