NACIÓN

Luis h, llego para desangrar el IBAL. El primer acto que hizo el Alcalde en ese instituto, así lo demuestra

Por: Editor en Jefe - Publicado en mayo 13, 2015

Otra perla del alcalde de Ibagué.

Fotomontaje Cambioin.      

 

 

 

Por Unidad Investigativa y Editor en Jefe

Hay un adagio popular que reza, en el desayuno se conoce como será el Almuerzo, y este cae como anillo al dedo para iniciar la historia que le vamos a relatar a continuación.

El 1 de enero del año 2012, arranco oficialmente el periodo que por cuatro años constitucionalmente, se ganó en las urnas en el mes de octubre del 2011, el Abogado Luis Hernando Rodríguez Ramírez, quien lucho para llegar a ese cargo durante 12 años consecutivos de su vida. Para quienes lo acompañaron regalándole el voto de confianza, iniciaba un cuatrienio lleno de expectativas y de buenos augurios, pues entraba un hombre que dedico una década y dos años más de su existencia a llegar al primer cargo oficial en importancia en la Capital Tolimense, pero en la realidad, rápidamente los Ibaguereños se desengañaron de su gobernante.

No es para menos que quienes depositaron su apoyo en Luis H, como lo conocen todos, se desencantaran, debido a que en tan solo 5 días de haber tomado posesión de su cargo, y en la primera junta directiva del IBAL, programada para el 6 de Enero del 2012, es decir en pleno día de reyes, el gobernante tomo una decisión que termino dándole tremendo regalo a un contratista particular, en una fecha donde habitualmente nadie trabaja.

Cambio in, en Exclusiva  obtuvo documentos  de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Ibagué IBAL, los cuales ameritan como prueba, para comprobar que al parecer al interior del organismo oficial, se habrían cometido irregularidades presuntamente  graves.

Los hechos se remontan al comienzo del periodo del actual alcalde Luis Hernando Rodríguez Ramírez, cuando el mismo gobernante  convoco en dos oportunidades a los miembros de la Junta directiva del IBAL, Empresa que depende de la Administración, para un solo propósito, aumentar en más del 50% el valor de unos contratos que estaban para vencerse. Así se puede comprobar con las copias de las actas 0001 y 0002. En la primera de ellas fechada el 6 de Enero del 2012 en el punto 7 del orden del día  aparece que deben estudiar y aprobar aumentos para estos  contratos. Pero llama la atención que el reajuste ordenado supera el 50% que es lo que dispone la ley; pero algo similar sucede al analizar la segunda de las actas fechada el 14 de Febrero del 2012 en donde en el tercer punto también aparece el mismo ítem, aplicar un porcentaje cercano al 100%, pero la beneficiada es otra empresa diferente a la primera.

 

Copia de Acta 0001 y 0002 de la junta directiva IBAL. Exclusivo Cambioin.

En el acta 0001 la jefe de la División Administrativa del IBAL, para esa fecha Sandra Acevedo, le solicita a la junta Directiva en cabeza del Alcalde, que le adicione al contrato entregado a la Empresa Unión Temporal  GEM, que tenía la orden de trabajo 0066 vigente y para ese entonces ya se encontraba adicionado en el cincuenta por ciento de su valor inicial, y como lo expresa la ley no podría aumentarle el monto un peso más, ya se le había pagado a esa empresa un valor de 8 Mil 204 Millones 762 Mil 264 Pesos, pidió entonces que se le dieran otros 2 Mil 569 Millones 061 Mil 765 Pesos, a la final el contrato que era por  más de 4 mil millones terminaron Cancelándole  10 Mil 773 Millones 824 Mil 029 Pesos, para poder saltar la ley  argumentaron  que estaban creando la planta de personal del IBAL, por qué no podían  contratar más por Cooperativas. Aprobaron exceder los topes legales autorizados para adicionar contratos estatales, Como presidente Luis H Rodríguez, Oswaldo Mestre Campo, Jorge Alberto Pérez Díaz, Jaime Gómez, Juan Gabriel Triana y como vocales de control Jairo Montalvo y Jaime Ávila Cortez.  Quienes aprobaron y estuvieron presentes en esa junta, al igual que la pagina 10 de 45 que se levantaron ese día la publicamos para que vean ustedes como se habla de adicionar en más del 50 por ciento el contrato supuestamente por un régimen especial que tiene el IBAL, olvidando que son una entidad estatal.

 

Copia del Acta 0001 del 6 de Enero de 2012 IBAL. Cambioin.  

En el acta 0002 fechada el 14 de febrero de 2012 en el punto 3, quien solicita la adición por más del cincuenta por ciento de un contrato es el jefe de la División de Atención al Cliente para esa época Juan Arturo Gutiérrez, quien bajo el mismo pretexto de su compañera, solicita que al contrato 0047 entregado a la Unión Temporal de Procesos Comerciales a quienes a la fecha de esta petición ya le habían cancelado Mil 840 Millones 553 Mil 732 Pesos, es decir ya estaba adicionado al 50%. Sin embargo la exigencia era de darles a los de esta empresa Mil 110 Millones 498 Mil 315 Pesos más, es decir casi el valor que inicialmente se le dio a esta Empresa. La junta Directiva lo aprobó sin ningún problema, actuando como presidente de la misma  el hoy aspirante a la Gobernación del Tolima, Jaime Eduardo Reyes Martínez, en reemplazo del Alcalde también firman el acta, Oswaldo Mestre Campo, Jorge Alberto Pérez Díaz, Jaime Gómez Mendoza, Juan Gabriel Triana, como vocales de control, la señora Bertha Yamile Muñoz y Jaime Ávila Cortez, para constancia presentamos las hojas principal del acta dos.

 

Copia del Acta 0002 del 14 de Febrero 2012 IBAL Cambioin.

Lo que llama la atención es que para justificar la adición de estos contratos, decían que era para ganar un tiempo y crear la planta de personal propia y no contratar más cooperativas asociadas debido a que era ilegal, pero después de eso el IBAL, sigue contratando personal por intermedio de cooperativa. 

Por último Cambio in, hablo hace unos días con el actual secretario General del IBAL Ricardo Arroyo, sobre la opinión que tenía la empresa por la adición de los contratos 0001 y 0002, aclarando que este funcionario no trabajaba para la entidad para la fecha de la ocurrencia de los hechos. Pero en su opinión como Abogado, expresó que esa es una actuación violatoria a la ley y que el Gerente para la época, Eduardo Bejarano, no debía haber cumplido esa orden y la junta Directiva pudiera ser investigada por esos hechos, pues el IBAL, solo tiene capital oficial y debe seguir los parámetros de contratación estatal.

 

 

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