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Violando la ley, oficina de la alcaldía de Ibagué, adjudicará cuestionada licitación

Violando la ley, oficina de la alcaldía de Ibagué, adjudicará cuestionada licitación

Foto: Licitación por 26 mil millones de pesos. cambioin.com

Por: Resumen De Noticias Hoy - Publicado en febrero 08, 2023

El IBAL ha sido duramente cuestionado porque en dos oportunidades consecutivas el proceso licitacitatorio por 26 mil millones de pesos, que pretende entregar esa entidad, está rodeado por actos de corrupción.

Informe Especial cambioin.com

Esta por entregarse el contrato, y se han hecho públicas varias irregularidades durante el proceso licitatorio que ningún organismo de control a querido investigar, y por el contrario guardan un silencio cómplice.

Esta es la más reciente denuncia realizada por la Veeduría Ciudadana Total 824 sobre las irregularidades dentro de la licitación que desde un principio se sabía estaba dirigida para el ingeniero que se declaró en quiebra Aitor Mirena de Larrauri:

Denuncia:

observacion No 1 y denuncia del proceso INV- 001-2023

Bogotá, Febrero  7  de 2023.

Señores
Empresa  Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A. E.S.P Oficial Ibagué

Contratació[email protected][email protected][email protected]

[email protected][email protected][email protected]

[email protected][email protected][email protected]

[email protected][email protected]

Ref.  Observación  y denuncia No 1  de la evaluación definitiva al proceso de la invitación  pública No 001 de 2023.

Esta VEEDURIA ciudadana frente a la evaluación definitiva se permite observar los siguiente:

Copia 1: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

La respuesta dada por la entidad y su comité es abiertamente contraria a la Ley, pues la certificación emitida por el funcionario del Espinal, simplemente se limita a decir que el funcionario Yimy Alexander Cortés Ramírez ; si es el jefe operativo de la empresa de AAA del Espinal Tolima; situación que la Veeduría no ha puesto en duda en ningún momento; lo que ha expuesto esta veeduría ciudadana y que el IBAL y el comité evaluador por su parcialidad hacia el consorcio ABASTECER 23 no quieren ver, es que la firma en la certificación es presumiblemente falsa; condición que esta veeduría sigue sosteniendo por el análisis grafológico de las dos firmas comparadas por expertos en el tema y que la entidad EAAA del Espinal, no demostró, pues enuncia que existe la famosa certificación pero no la remite al IBAL para ser comparada con la aportada por el oferente, encubriendo al proponente, pues esta veeduría en su análisis de seguimiento y control como se lo permite la ley 850 de 2003 y sus reglamentarias o modificatorias, ha ido más allá y ha encontrado la causa de no aportar la famosa certificación la EAAA del espinal, pues el señor  YIMY ALEXANDER CORTES RAMIREZ, aparece en el aplicativo de Linked in; es el subalterno e íntimo amigo de AITOR MIRENA DE LARRAURI ECHEVERRIA; como se muestra en este pantallazo de este aplicativo; pues de suyo dirá que su amigo y Jefe  si desarrolló la obra, situación que tampoco está en discusión, verbigracia que al parecer así fue, el problema jurídico aquí, es que el proceso licitatorio o la invitación pública tiene unos tiempos para aportar su experiencia y esta debe ser veraz; situación que a todas luces la certificación presumiblemente no lo  es; incurriendo con ello en el  no cumplimiento de los términos y genera tal circunstancia el RECHAZO DE LA OFERTA; pero el comité sigue presumiblemente atendiendo órdenes superiores, que atentan contra su misma libertad.

Copia 2: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

Caben entonces las siguientes preguntas que al parecer tendrán que responderlas los implicados frente a un fiscal o a un juez de la república, como le correspondió al Ex gerente LIBARDO GUTIERREZ; cuando de manera INGENUA y TORPE le siguió la corriente en los presumibles  ilícitos al jefe de Turno de la época y que lo tienen ad portas de ir a la cárcel, por los ilícitos que cometió por atender la órdenes inescrupulosas de sus jefes; situación muy similar al actuar del actual comité evaluador de la invitación No 001 de 2023; Para sustentar lo  anterior se muestra la noticia de un medio de comunicación del Tolima así:

Copia 3: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

Entonces como el comité evaluador no le solicitó  a la EAAA del Espinal, la certificación(la misma que presentaron en la oferta) pues al parecer no existe; tendrán que fabricar otra; es pertinente que la aporten, para verificar si es la misma o es otra.

Las preguntas para el comité evaluador son:

1. Solicitaron copia auténtica a la EAAA del Espinal de la certificación aportada?

2. Si no lo hicieron; porque no lo hacen ahora?

3. Por qué validaron en la experiencia general las adiciones si  los pliegos son claros que se deben aportar los contratos?

4. Porque no pidieron a la EAAA del Espinal copia de los contratos adicionales?

5. Porque el oferente no presentó los contratos adicionales de este contrato y si presentó los del contrato de Popayán?  Será que no los tiene físicamente?

6. Será que la obediencia ciega del comité los llevará en un futuro próximo a las mismas condiciones que hoy vive el Es Gerente  Libardo Gutiérrez?

7. Está dispuesto el comité evaluador a  exponerse a una investigación y a una posible imputación futura por mantener tercamente a un oferente que no cumple los requisitos legales para adjudicar una licitación?

8. Entiende el comité que es adjudicar un proceso sin el lleno de los requisitos legales?

9. En alguna parte de la evaluación firma el Alcalde Hurtado?

10. Están dispuestos los integrantes del comité evaluador a sacrificarse por el Alcalde Hurtado; aún a costa de su libertad futura? Han visto u oído  las noticias de diferentes medios de comunicación de Ibagué en donde pone en evidencia un posible enriquecimiento ilícito del Alcalde?

11. Mientras ustedes estarán defendiéndose de este proceso; su actual jefe Hurtado estará disfrutando de los intereses que presumiblemente tiene en esta invitación.  Están dispuestos ustedes miembros del comité a sacrificar su libertad, la tranquilidad de sus familias, de sus esposas, hijos padres y demás familiares por permanecer impávidos frente a una decisión que sólo les compete y los compromete penalmente a ustedes?

12. Porque siguen tercamente defendiendo un presunto hecho irregular? Quien o que los obliga? No tienen que ser ustedes fieles a la verdad, la justicia y  a su conciencia?

Esta veeduría realiza estos interrogantes para que quede constancia de los hechos que aquí sucederán y que cuando frente a las autoridades ustedes mismos digan que no sabían a lo que se enfrentaban, la historia y este escrito los contradecirán y pondrán en evidencia que si hubo alguien interesado en ustedes, esta Veeduría,  pero no escucharon las advertencias respetuosas para el bien de ustedes, de la democracia, de la transparencia  y de la honestidad y de ustedes mismos y de sus familias.

Resalta nuevamente la Veeduría ciudadana que presumiblemente la firma no es verdadera; pues solamente con superponer una en la otra, sus trazos completamente diferentes como se muestra a continuación:

Copia 4: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

ESTA ES LA VERDADERA

Así mismo esta veeduría verificó en la misma página WEB de la EAAA del Espinal y encontró esta otra evidencia así:

Copia 5: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

Es decir la misma entidad del Espinal, en sus informes de gestión relacionan que el contrato 03-039-2019 no tuvo adiciones.

Quien está mintiendo? Y Porque?

La respuesta es Simple; el señor AITOR MIRENA DE LARRAURI ECHEVERRIA es el mecenas y el todopoderoso del Espinal; por lo tanto su poder alcanza para esto y mucho más.

Será que es más poderoso que las autoridades?

Será que el señor Aitor estará en problemas después de la adjudicación? O será que el que estará en problemas es el comité y la gerente Palma?

Para que la ciudadanía se entere del presumible y aberrante caso de corrupción que se avecina dejamos constancia de la respuesta de la EAAA del espinal publicada en las respuestas a las observaciones entregadas a esta Veeduría y publicadas en el SECOP II así:

Copia 6: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

Es más que evidente, que si reposara la certificación debió ser enviada como prueba al IBAL; pues quedaría resuelta la pregunta de la empresa de acueducto de Ibagué y de su comité evaluador; al no dar respuesta certera y desviar la atención hacia que el funcionario si está posesionado, obviamente allí se está presumiblemente ocultando algo.  Del ejercicio del cargo del funcionario que nunca puso en duda esta Veeduría  y que desvían hábilmente la atención sobre lo que no se preguntó en la observación y que sigue sin resolver; pues al parecer lo resolverán los Jueces de la República y los grafólogos de la Fiscalía.

Sin embargo seguimos solicitando por este medio copia de la certificación que menciona el funcionario de la EAAA del Espinal en su escrito, el señor Edgar Fabrizio Cuellar Aragón y que dice reposa en los archivos de la entidad del Espinal y que esta Veeduría Solicitará inmediatamente, y denunciará ante la Fiscalía General de la Nación para que realicen el cotejo y la existencia de la misma.

Ahora bien tercamente el comité sigue valiendo la experiencia general del proponente ABASTECER 23; cuando todas las evidencias dicen lo contrario; no se encuentra probada en ninguno de los documentos aportados y que a la fecha ya no pueden aportar más, de los contratos adicionales de la EAAA del Espinal; que dan la suma que permite superar en un70% el presupuesto oficial; ninguna certificación puede reemplazar el contrato o contratos, nótese que lo que piden los pliegos es:

Copia 7: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

Dice claramente copia del contrato junto con copia del acta final y/o de liquidación y/o certificación de experiencia expedida……; es decir , la COPIA DEL CONTRATO no se puede reemplazar por la certificación, deben ir las dos, pues el señor Aitor y su socio NO APORTARON LOS CONTRATOS ADICIONALES que no pueden ser suplidos por la certificación deben ser incluyentes y no excluyentes como lo quiere interpretar de manera errónea y sesgada el comité, para favorecer nuevamente al proponente Consorcio ABASTECER 23.

La palabra JUNTO en los pliegos dice según la Real Academia de la Legua lo siguiente:

3. junto con. ‘En compañía de o con la colaboración de’. Cuando esta locución preposicional introduce un complemento de compañía que se suma a un sujeto singular, el verbo, si va pospuesto a ambos elementos, aparece a veces en plural, concertando con la pluralidad de referentes que suponen el sujeto y el complemento”

Es decir son las dos cosas, no solo una; es decir los contratos adicionales completos y la certificación; no sólo el contrato original, máxime que en la misma página de EAAA del Espinal este contrato No 03-039-2019 aparece en un informe sin adiciones.

Recalca nuevamente la Veeduría Ciudadana que el señor secretario General del IBAL violó flagrantemente la evaluación jurídica de las ofertas al decir que la propuesta del oferente ABASTECER 23 cumple con la póliza pues la presentó para otro proceso; no está amparando el actual; sin embargo insiste la entidad a través del evaluador jurídico  que si hubo póliza cuando la jurisprudencia del asunto dice todo lo contrario.

Así mismo insiste el comité en decir que el proponente ABASTECER 23 cumple la sumatoria cuando a todas luces no; se resalta nuevamente en el cuadro adjunto lo que no quieren ver ni atender :

Copia 8: Prueba por posible corrupción en licitación del IBAL. cambioin.com

Es decir el consorcio Abastecer 23; que ya debió ser rechazado por la póliza y por las certificaciones presumiblemente falsas, si continuara en el proceso por orden de Hurtado y Palma; aún así con los documentos allegados y revisados por esta Veeduría y sus especialistas; no supera el 70% del presupuesto oficial como lo exigen los términos de referencia pues para lograrlo tendrían que tener en experiencia general la suma de$ 18.484.125.043,30; y con la que cuentan realmente aplicando los pliegos es de $ 17.421.886.383,70.

Dejamos constancia de este análisis adicional pues los contratos Nos 2133363 y 03-039-2019 no presentaron las minutas de las adiciones, por ende no pueden ser estas experiencias tenidas en cuenta pues los pliegos son claros en este sentido; sin embargo si a las malas quieren adjudicar, pues al comprobar la experiencia aportada con contratos firmados y que deben ser los válidos, solamente llegan al 65,97% del presupuesto oficial, por ende la propuesta NO CUMPLE la experiencia general, y por ende debe ser RECHAZADA.

Lo que llama profundamente la atención con este oferente (Consorcio Abastecer 23) es que este tipo de errores evidentes y que generan rechazo de la oferta, sean pasados por alto por el comité evaluador; sin que tengan el rigor que exige la ley y sobre todo la decencia y honorabilidad que debe regir el comportamiento de los funcionarios que lo conforman; al parecer las órdenes recibidas por este comité de los que manejan estas licitaciones, reafirman las  evidencias que esta Veeduría dio a conocer antes de que se conociera esta evaluación preliminar y que daban por sentado que, a como diera lugar, el ganador debía ser contra viento y marea el señor Aitor Mirena de Larrauri Echeverria y sus amigos del mencionado Consorcio Abastecer 23; así no cumplieran con los pliegos de condiciones y con las exigencias contenidas en los mismos.

Les recordamos muy respetuosamente a los evaluadores que su deber legal y constitucional es con la VERDAD y la LEGALIDAD; y que en el ejercicio de sus funciones sus fallas previamente advertidas e identificadas y que no son tenidas en cuenta para realizar una evaluación veraz, se convierten en DOLO, por el conocimiento previo de los posibles hechos ilegales que se derivarían de una decisión contraria a derecho.

Por  todo lo expuesto por esta Veeduría ciudadana ahora y antes de que la evaluación saliera a la luz pública; se verifica que el proponente seleccionado en la evaluación preliminar  iba a ser el Consorcio Abastecer 23; pues ya todo estaba probablemente arreglado para que ello sucediera.

Antes estos hechos evidentes solicitamos las investigaciones formales a los entes de Control, a la Fiscalía General de la Nación, a la Procuraduría General de la Nación , a la Contraloría General de la República, a la Contraloría de Ibagué,  a la personería de Ibagué, a la defensoría del Pueblo; a la oficina anticorrupción de la Presidencia de la República; para que de oficio se inicien las acciones necesarias para que tomen las acciones preventivas de las que dispone la ley  y salvaguarden este proceso, lo intervengan y cuiden el dinero público y la transparencia, objetividad y pluralidad en estos procesos manidos del IBAL.

Así mismo seguimos invitando a los periodistas independientes y honestos de la ciudad de Ibagué, del Tolima y de Colombia; para que denuncien estos hechos aberrantes y presumiblemente corruptos en los que vienen participando sin ningún reato de vergüenza la señora Gerente Palma y su comité evaluador y el Señor Alcalde Hurtado; con sus cómplices; que vienen esquilmando el erario   público para su beneficio y el de sus amigos.

NOTA: Esta Veeduría Ciudadana solicita al IBAL de respuesta de fondo a cada una de las observaciones presentadas ; pues la ley los obliga.  Esta veeduría denuncia a través de este escrito que el IBAL a costa aún de la libertad y tranquilidad de los funcionarios que fungen como evaluadores adjudicará este concurso contrario a los términos de referencia y a la ley, violando los principios rectores de la contratación pública de la transparencia y objetividad; convirtiéndose tal circunstancia en DOLO flagrante y desmedido y plenamente advertido por esta veeduría ciudadana.

Instamos a la Señora Procuradora Provincial de Ibagué; para que en ejercicio de sus funciones adelante una visita inmediata al IBAL para constatar lo aquí enunciado y lo mismo instamos a la Señora Contralora Municipal de Ibagué para que en el ejercicio de sus funciones adelante una acción preventiva. Por último le suplicamos a la Fiscalía General de la Nación que intervenga cuanto antes para que la verdad salga a flote ante tanta  presumible irregularidad en esta invitación pública.

Atentamente;  

VEEDURIA TOTAL 824

C.C. Procuraduría General de la Nación  [email protected]

c.c. Fiscalía General de la Nación  [email protected][email protected][email protected]

C.C. Contraloría General de la República.  [email protected]

C.C. [email protected][email protected]

c.c. Personería Municipal de Ibagué.     [email protected]

c.c. Contraloría Municipal de Ibagué.     [email protected]

C.C.  [email protected][email protected][email protected]

c.c. [email protected]

[email protected]

c.c [email protected]

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