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Nuevo caso de negligencia en la secretaría de educación de Ibagué

Nuevo caso de negligencia en la secretaría de educación de Ibagué

Foto: Diego Fernando Guzmán García, secretario de Educación de Ibagué. cambioin.com

Por: Editor en Jefe - Publicado en noviembre 28, 2025

La burocracia que enferma: la situación del profesor José Javier Capera y la cadena de negligencias administrativas de la secretaría de educación de Ibagué.

 

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Por: Editor General. cambioin.com

 

Por estos días, en los pasillos de la administración municipal se respira un silencio espeso. Y cuando el silencio pesa, algo huele mal. El Tribunal Administrativo del Tolima acaba de confirmar una sentencia que deja en evidencia —sin anestesia— la incapacidad institucional de responder a algo tan básico como garantizar atención en salud a un docente trasladado por orden judicial. No por capricho: por razones de salud mental diagnosticadas y documentadas en su historia clínica y en su dictamen de medicina laboral.

 

El fallo es contundente. El Tribunal confirmó que la Secretaría de Educación de Ibagué y el FOMAG vulneraron derechos fundamentales del profesor José Javier Capera Figueroa, especialmente el derecho a la salud y a la vida digna, al no actualizar su sede de atención médica ni coordinar los trámites inter- administrativos necesarios para que pudiera continuar su tratamiento psiquiátrico tras su traslado del Distrito de Bogotá a la ciudad de Ibagué .

 

La sentencia lo dice sin eufemismos: la omisión administrativa interrumpió el tratamiento médico de un docente con trastorno mixto de ansiedad y depresión, previamente incapacitado y con recaídas recientes, lo que representaba un riesgo evidente para su integridad física, emocional y psicológica.

 

El profesor Capera fue contactado por este medio, y estás fueron sus declaraciones: “La Secretaría ha sido incapaz y negligente en mi caso personal me siento vulnerado y debí recurrir a las instancias judiciales espero no tengan represalias contra mi persona”

 

Consultado por este medio, el profesor José Javier Capera fue claro, preciso y directo:“A la fecha he solicitado traslado para una institución educativa cercana a mi núcleo familiar/hogar. La Secretaría, debido a su incapacidad y falta de diligencia administrativa, no me ha permitido tener el acceso oportuno al proceso administrativo y clínico de llegar a médico laboral y tener actualizadas mis recomendaciones.

 

He solicitado en tres instancias un traslado, pero la respuesta ha sido el silencio administrativo.

Quisiera precisar que el secretario de educación, Diego Guzmán, no ha dado respuesta diligente a mi solicitud. Le pido de corazón que pueda considerar mi situación personal y familiar.

Este caso lo sabe la Personería Municipal y el sindicato Sitraeducación, pues he sentido más de una vez sueño y temblores manejando vía a la variante, y desde mi casa no hay transporte directo.

Debo asumir los costos económicos de mi tratamiento médico extenso y los gastos de educación de mis sobrinos”.

 

El Tribunal confirma exactamente esa línea: hubo silencio administrativo, omisiones y falta de coordinación entre FOMAG y la Secretaría, lo que consolidó la vulneración de derechos. El argumento defensivo del Secretario, alegando “falta de legitimación en la causa por pasiva”, fue rechazado por el Tribunal, que le recordó que sí debe coordinar, sí debe responder y sí debe garantizar trámites en favor del docente, en virtud del principio constitucional de coordinación interinstitucional .

 

El fallo saca los colores: no actualizaron la sede médica, no tramitaron el acceso a salud, no respondieron peticiones

 

El expediente evidencia que el profesor Capera:

 

Presentó derechos de petición desde septiembre de 2025, sin recibir respuesta dentro de los plazos legales.

 

Intentó múltiples veces acceder a su tratamiento en EMCOSALUD sin que su IPS fuera actualizada.

 

Tenía orden judicial de traslado por salud mental desde mayo de 2025.

 

Su afiliación a FOMAG estaba activa pero inútil administrativamente por falta de actualización de sede.

 

Padecía recaídas, síntomas y un trastorno psiquiátrico documentado.

 

Todo esto lo verificó el Tribunal.

 

La burocracia, una vez más, actuó como enfermedad. Y cuando la negligencia institucional se mete en temas de salud mental, el daño puede ser irreversible.

 

El fallo no deja escapatoria:

 

FOMAG es responsable de actualizar la sede de atención y garantizar continuidad del tratamiento.

 

La Secretaría de Educación de Ibagué queda vinculada y obligada a coordinar los trámites administrativos porque es el empleador del docente y porque así lo exige el ordenamiento territorial colombiano.

 

El silencio administrativo del FOMAG fue determinante en la vulneración, pero la Secretaría tampoco cumplió con su deber de gestión inter- administrativa en los tiempos correspondientes.

 

En palabras del Tribunal: la omisión del FOMAG y la falta de coordinación del Municipio empeoraron el estado de salud del docente y comprometieron sus derechos fundamentales .

 

Una burocracia que obliga al ciudadano a enfermarse para ser atendido

 

Mientras este caso se resuelve en los estrados, la pregunta que queda flotando es brutal, incómoda e inevitable:

 

¿Cuántos funcionarios más tendrán que enfermarse, accidentarse o renunciar para que la Secretaría de Educación de Ibagué entienda que la negligencia administrativa también mata, vulnera y discrimina a un humilde profesor al servicio de la educación?


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